Regulaciones de la Administración Federal de Aviación (FAA)

La Administración Federal de Aviación (FAA) es el organismo rector responsable de garantizar la seguridad del Sistema Nacional del Espacio Aéreo (NAS) en los Estados Unidos. Esto incluye el espacio aéreo utilizado por aeronaves tripuladas y, cada vez más, por vehículos aéreos no tripulados (UAV), también conocidos como drones o pequeños sistemas de aeronaves no tripuladas (sUAS). Para operar un dron con fines comerciales, incluidas las aplicaciones de construcción, es fundamental comprender y cumplir con las regulaciones de la FAA descritas en el Título 14 del Código de Regulaciones Federales (CFR), Parte 107.

La Parte 107 establece un conjunto de requisitos para la operación segura de drones, promoviendo la integración responsable de esta tecnología en el espacio aéreo. El primer paso para el uso de drones en la construcción es registrarlos en la FAA. El registro se aplica a todos los drones que pesen entre 0,55 libras y 55 libras, y debe completarse antes del primer vuelo del dron. El proceso de registro es rápido y económico, y se puede realizar en línea a través del sitio web DroneZone de la FAA.

Además del registro, la Parte 107 establece restricciones operativas para garantizar el vuelo seguro de los drones. Una regulación crucial es la limitación de peso para los sUAS según la Parte 107. Los drones utilizados con fines comerciales no pueden superar los 55 libras en el peso de despegue, incluida cualquier carga útil acoplada. Esta restricción de peso ayuda a mantener la seguridad en el espacio aéreo compartido por aeronaves tripuladas.

Otro aspecto crítico de la Parte 107 es mantener una línea de visión (VLOS) con su dron durante la operación. Esto significa que usted, el piloto remoto al mando, debe poder ver el dron con sus propios ojos sin ayuda en todo momento. Volar únicamente basándose en un monitor o confiando únicamente en gafas de visión en primera persona (FPV) no está permitido según la Parte 107. Mantener VLOS permite una respuesta inmediata y la corrección del curso en caso de cualquier mal funcionamiento o situaciones inesperadas. La Parte 107 también impone limitaciones a la altitud máxima que puede alcanzar un dron. Para la mayoría del espacio aéreo sin restricciones, la altitud máxima es de 400 pies sobre el nivel del suelo. Puede haber excepciones en ciertos espacios aéreos controlados cerca de aeropuertos, que requieren la autorización del control de tráfico aéreo antes de operar. Es importante verificar las restricciones del espacio aéreo utilizando la aplicación B4UFLY de la FAA o el sistema LAANC (Low Altitude Authorization and Notification Capability) antes de cada vuelo.

Comprender y cumplir las normas de la FAA descritas en la Parte 107 es esencial para la operación segura y legal de drones en la construcción. Al adherirse a estas pautas, las empresas de construcción pueden aprovechar los beneficios de la tecnología de drones y, al mismo tiempo, garantizar que operan dentro del Sistema Nacional del Espacio Aéreo de manera responsable.

es_MXSpanish