Autoridad de trabajo

Autoridad para detener el trabajo

  • Autoridad para detener el trabajo (§ 250.1930) – Este elemento requiere que los operadores garanticen la capacidad de detener inmediatamente el trabajo que crea un riesgo o peligro inminente y otorgan a todo el personal la responsabilidad y autoridad, sin temor a represalias, de detener el trabajo o negarse a realizar una tarea asignada cuando existe un riesgo o peligro inminente. Todo trabajador que trabaja en el OCS debe recibir capacitación sobre los procedimientos de SWA. Todos los nuevos trabajadores deben recibir capacitación sobre SWA durante la orientación. Toda la capacitación debe documentarse y estos documentos deben conservarse en el sitio durante al menos 30 días. Los procedimientos de SWA deben revisarse durante todas las reuniones de seguridad y deben figurar en el JSA.

Autoridad máxima en el trabajo

  • Autoridad máxima en el trabajo (§ 250.1931) – Este elemento exige que los operadores cuenten con un proceso para identificar a la persona con la máxima autoridad laboral en la instalación y en toda la operación. El operador debe garantizar que todo el personal sepa claramente quién tiene la autorización de trabajo no autorizada (UWA) y quién está a cargo de una operación o actividad específica en todo momento. Este elemento también exige que el operador otorgue a la persona con la autorización de trabajo no autorizada (UWA) la autoridad para tomar las medidas más eficaces, a su criterio, para mitigar y eliminar las condiciones o prácticas que causan una emergencia. Los trabajadores con UWA toman la decisión final sobre las actividades y operaciones de una instalación. Estos trabajadores deben estar identificados en el programa SEMS de cada instalación. Cuando varias instalaciones trabajan juntas o cerca unas de otras, el programa SEMS debe identificar al trabajador con UWA en toda la operación. Es importante que los operadores se aseguren de que todos los trabajadores sepan en todo momento quién tiene UWA.
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