Vehículos de motor y equipos mecanizados

Todos los vehículos en uso deberán ser revisados al comienzo de cada turno para garantizar que todas las piezas, equipos y accesorios que afectan el funcionamiento seguro estén en condiciones adecuadas y libres de defectos. Todos los defectos deberán ser corregidos antes de que el vehículo entre en servicio. 1926.601(b)(14)

Ningún empleador deberá utilizar ningún vehículo motorizado, equipo de movimiento de tierras o de compactación que tenga una visión obstruida hacia atrás a menos que:

  • El vehículo tiene una alarma de señal de marcha atrás que se distingue del nivel de ruido circundante, o el vehículo retrocede solo cuando un observador señala que es seguro hacerlo. 1926.601(b)(4)(i) a (ii) y 602(a)(9)(i) a (ii)
  • Las maquinarias pesadas, los equipos o partes de los mismos que estén suspendidos o mantenidos en alto deberán bloquearse sustancialmente para evitar que se caigan o se muevan antes de que se permita a los empleados trabajar debajo o entre ellos. 1926.600(a)(3)(i)
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